Control de emisiones
Control de emisiones contaminantes en vehículos diesel
Aunque en principio el plazo máximo estaba establecido en 1998
-según la Directiva Comunitaria 92/55 de 1991-, el hecho es que será el 2000 el
año clave para que las diferentes Comunidades Autónomas empiecen a inspeccionar
las emisiones de vehículos con motorización Diesel. Se espera que en Cataluña y
Madrid las estaciones de ITV estén preparadas para este control a mediados de
este año. Todo dependerá del ritmo en que se vayan construyendo los boxes para
este fin.
El problema de esta prueba está en que implica poner el motor a
muchas revoluciones. Esto ha producido roturas en algunos vehículos con muchos
kilómetros en los países donde se aplica este sistema.
El proceso normal de inspección añadiéndole el control de las
emisiones sería el siguiente:
·
Revisión habitual del vehículo. De esta manera se pueden
comprobar aspectos del vehículo que pueden servir para descartar la realización
de la prueba de emisiones, sobre todo teniendo en cuenta que hay que poner el
coche a muchas revoluciones por minuto.
·
Control de emisiones. Lo que ocurre es que hay estaciones de
ITV que únicamente disponen de espacio libre para construir los boxes en la
entrada del recinto. Esto obligará a realizar el control de emisiones en primer
lugar. En este caso, se revisará lo imprescindible antes de poner el vehículo a
altas revoluciones por minuto.
Control de emisiones contaminantes en vehículos gasolina
Cumpliendo lo establecido en la Directiva 92/55 de 1991 -la misma
que regula las emisiones de vehículos con motorización Diesel-, desde 1994 los
centros de Inspección Técnica de Vehículos en España comenzaron a controlar de
forma más estricta las emisiones de monóxido de carbono producidas por los
vehículos sin catalizador.
Por lo que respecta a los motores con catalizador, las emisiones ya se revisan
de forma generalizada en las ITV españolas desde el 1 de mayo de 1999.
Vehículos
accidentados y otros servicios especiales
Si tu vehículo ha
sufrido un accidente importante, debe de pasar una inspección extraordinaria
que dictamine su buen estado para circular por las vías públicas. Para que esta
revisión sea obligatoria, el accidente tiene que haber producido algún daño
importante que pueda afectar a algún elemento de seguridad de los sistemas de
dirección, suspensión, transmisión o frenado, o al bastidor o estructura
autoportante en los puntos de anclaje de alguno de estos órganos.
Esta inspección también se puede solicitar de forma voluntaria como puede ser
previamente a la compra de un vehículo de ocasión, o en aquellos casos en los
que interesa conocer si un determinado vehículo ha sufrido algún golpe
estructural y ha recuperado sus características anteriores al golpe.
El precio varía
según la Comunidad Autónoma donde se realice, pero el coste medio es de 100,00
euros
¿En qué
consiste esta inspección?
Consta de tres fases
con una duración de unas tres horas.
·
En la primera etapa se revisa el vehículo tal como se hace en
la revisión periódica.
·
A continuación se realiza un control exhaustivo de la
geometría de dirección donde se incluye un total de 32 ángulos de dirección, alabeos,
caída, salida, avance, convergencias, alineación, retranqueo de ejes,
divergencia en giros y otros puntos.
Por último, se comprueba las cotas de carrocería mediante
sondas de ultrasonidos. En este paso se miden unas 30 referencias, donde a la
vez se comprueba que coinciden con las medidas dadas por el fabricante.
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