|
Lo que debo conocer
¿Qué
es la Inspección Técnica de Vehículos?
La Inspección Técnica de Vehículos, en siglas I.T.V., es un
servicio con el que se pretende reducir la incidencia de los accidentes por
fallos mecánicos sobre la Seguridad Vial, así como controlar el nivel de
emisiones contaminantes producidas por los vehículos a motor, en aras a la
preservación del Medio Ambiente.
¿Quién
realiza la Inspección Técnica de Vehículos?
El contenido y los protocolos de las pruebas que se hacen
en las estaciones de ITV están regulados por la Comunidad Europea, que fija las
normas básicas a las que deben adaptarse todos los estados miembros. En el caso
de España, la mayoría de las Comunidades Autónomas tienen transferidas las
competencias en materia de ITV, quedando reservada a la Administración Central,
mediante el Ministerio de Ciencia y Tecnología, la transposición de la normativa
comunitaria y la elaboración de normas generales.
Obligatoriedad de la Inspección Técnica de Vehículos
Se
obliga a todos los vehículos matriculados en España, incluidos los vehículos
pertenecientes a los organismos públicos, cualquiera que sea su categoría y
funciones.
Para la exención de la obligatoriedad de la inspección en razón de la no
utilización del vehículo en las vías públicas será requisito necesario obtener
la baja temporal del vehículo en la Jefatura Provincial o Local de Tráfico correspondiente,
para su anotación en el registro de vehículo.
Lugar
de la Inspección Técnica de Vehículos
La
inspección se realizará en una estación ITV autorizada a tal fin por el órgano
competente de la Comunidad Autónoma. En aquellos territorios extra peninsulares
donde no exista una estación ITV, la inspección podrá efectuarse utilizando
cualquier otro medio expresamente autorizado a tal fin por el órgano competente
de la Comunidad Autónoma. Busque aquí la Estación de ITV más cercana a su domicilio.
Inspecciones
especiales
En los
casos de vehículos de carreras, concursos y otras pruebas, la inspección se
realizará en una estación ITV, salvo los que por sus características impidan el
paso por una línea de inspección o cuando lo contemple la legislación
específica, en que podrá efectuarse fuera de ésta, en las condiciones que
determine el órgano competente de la Comunidad Autónoma. En todo caso, antes de
las carreras deberán pasar inspección específica por quien las organiza.
Las inspecciones periódicas de los vehículos destinados a obras y servicios,
vehículos adaptados para la maquinaria del circo y de ferias recreativas
ambulantes, grandes góndolas multiejes y sus cabezas tractoras especiales,
góndolas de estaciones transformadoras móviles y maquinaria autopropulsada se
realizarán por personal técnico en una estación de ITV.
También podrán realizarse las inspecciones en los parques de los titulares de
los vehículos, cuando por sus dimensiones y peso no puedan acceder a las
mencionadas estaciones ITV, previa petición motivada al órgano competente de la
C. Autónoma del lugar donde se ubique el parque, que deberá llevar un control
de las autorizaciones concedidas.
Las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos agrícolas se podrán
realizar en estaciones ITV especiales cuando así se establezca por el órgano
competente de la Comunidad Autónoma.
En el caso de vehículos adaptados para la maquinaria del circo y de las ferias
recreativas, ambulantes, y de estaciones transformadoras móviles, las pruebas
se podrán realizar con el vehículo cargado.
Frecuencia
de la Inspección Técnica de Vehículos
Según el tipo de vehículo y antigüedad las Inspecciones
obligatorias tienen que realizarse en unos periodos establecidos.
¿Quiere conocer la
próxima fecha en la que tiene que realizar la ITV?
Vehículos
accidentados
Todo
vehículo que haya sufrido un daño importante que pueda afectar a algún elemento
de seguridad de los diversos sistemas (dirección, suspensión, transmisión o
frenado) o al bastidor o estructura autoportante en los puntos de anclaje de
alguno de estos órganos, deberá ser presentado a inspección antes de su nueva
puesta en circulación, en la que se dictamine sobre su aptitud para circular
por vías publicas.
El agente de la autoridad encargado de la vigilancia del tráfico que realice el
informe y atestado será quien proponga la inspección del vehículo antes de su
puesta en servicio después de la reparación. A estos efectos intervendrá el
permiso de circulación, remitiéndolo a la Jefatura Provincial o Local de
Tráfico donde haya sido matriculado el vehículo.
Si procede, dicha Jefatura comunicará al titular del vehículo la necesidad de
presentarlo a inspección técnica y también se lo comunicará al órgano
competente de la Comunidad Autónoma de matriculación del vehículo o, en su
caso, del lugar en que el titular haya declarado al agente de la autoridad que
el vehículo va a ser inspeccionado.
Cuando el titular del vehículo haya realizado las oportunas reparaciones,
solicitará un permiso a la Jefatura Provincial o Local de Tráfico del lugar
donde el vehículo ha sido reparado para pasar la inspección técnica, y si la
inspección es favorable, previa presentación del informe, le será devuelto el
permiso de circulación.
Intervención
del permiso de circulación
En los
casos de incumplimiento de lo ordenado en materia de inspecciones periódicas,
los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, sin
perjuicio de la denuncia, que habrán de formular por las infracciones
correspondientes, intervendrán el permiso de circulación del vehículo,
entregando en su sustitución un volante en el que se refleje al menos la
matrícula y la fecha de la primera matriculación.
Al titular del vehículo se le concederá un plazo de 10 días, con el único
objetivo de continuar el viaje y proceder a su traslado para someterse a la
inspección técnica, y si transcurriese el plazo indicado sin que se haya
justificado haber presentado el vehículo a la citada inspección, se acordará
por el órgano competente que tramita la denuncia el precintado del vehículo.
Exhibición
del distintivo
Todos
los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica deberán
llevar el distintivo que lo acredita. Igualmente llevarán el último informe de
inspección, que el conductor deberá exhibir ante los agentes de la autoridad
encargados de la vigilancia del tráfico que se lo soliciten.
Identificación
del vehículo
En la identificación del vehículo se comprueba que su
marca, tipo, número de bastidor y matrícula coinciden con los datos que se
reseñan en la documentación del mismo. El usuario deberá presentar en la
estación de la inspección los originales de la Tarjeta de Inspección Técnica y
el Permiso de Circulación.
|